ONU: denuncias contra el arraigo en México

Centro de arraigo de la PGR. Foto: Germán Canseco

BRUSELAS (apro).- Desde que en México la figura del arraigo se elevó a rango constitucional en 2008, se disparó su utilización: el uso de esta figura violatoria de los derechos humanos creció un promedio anual de 100%, según datos de la Procuraduría General de la República (PGR), que obtuvo la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH) tras una solicitud de acceso a información pública.

(Artículo publicado el 26 de octubre de 2012 en la sección Prisma Internacional de la Agencia PROCESO)

Peor aún: esas mismas informaciones oficiales revelaron que el crecimiento en 2009 había sido de 218.7% y que en los años posteriores éste había sido de 120%, mientras que, según información recopilada por la propia CMDPDH, desde junio de 2008 hasta octubre de este año cada día eran puestas en arraigo casi dos personas a nivel federal y una a nivel local.

El organismo mexicano de derechos humanos detalla que, de acuerdo con las estadísticas que abrió al público la PGR, entre junio de 2008 y octubre de 2011 la cifra global de personas arraigadas fue de 6 mil 562, con un promedio anual de mil 640 personas afectadas y una tasa de incremento anual de más de 100%.

El 70% de las víctimas de arraigo que han presentado denuncia por violaciones a sus derechos humanos acusa a elementos de la PGR como los responsables, 40% a miembros de la Secretaría de Seguridad Pública Federal y 34% a integrantes de la Secretaría de la Defensa Nacional.

Tales cifras están publicadas en un informe conjunto de la CMDPDH y de la Organización Mundial contra la Tortura/Red SOS Tortura, con sede en Ginebra, Suiza, que presentarán el próximo martes 30 en esa misma ciudad suiza, en ocasión del encuentro del Comité contra la Tortura (CAT, por sus siglas en inglés) de la Organización de Naciones Unidas para la revisión del quinto y sexto informes periódicos de México.

Daniel Joloy Amkie es el director del área internacional de la CMDPDH y asistirá como su representante a la sesión de Ginebra.

En una conversación con Apro en Bruselas explica: “Hay dos mensajes principales que queremos transmitir al CAT: primero, que el arraigo es en sí mismo una figura violatoria de los derechos humanos, ya que es una forma de detención arbitraria, que atenta contra la presunción de inocencia y contra el derecho a la libertad, además de que constituye una puerta abierta a la tortura”, comenta.

Prosigue:

“Por otro lado, queremos exponer que el uso del arraigo es extensivo y excesivo. La Constitución estipula que sólo pueden ser arraigadas personas sospechosas de delincuencia organizada, lo que es delito federal; sin embargo, en el transitorio se permite a los estados la detención de personas acusadas de delitos graves del fuero común: homicidios, secuestros, robos, por lo que el número de casos va en aumento”.

Del total de las órdenes de arraigo emitidas, únicamente 0.05% corresponde a personas vinculadas con delitos de delincuencia organizada, reconoce la PGR en la información que obtuvo la ONG mexicana. Los sospechosos de haber cometido delitos contra la salud conforman 46% de los arraigados, delitos de secuestro 23% y de terrorismo 16%.

El reporte que entregará la CMDPDH a la CAT expone el “caso emblemático” de Jaime Carlos González Coronel, un médico residente en Agua Prieta, Sonora, quien fue sometido por la PGR a tres arraigos consecutivos.

El primer arraigo de 40 días le fue dictado por el supuesto delito de tráfico de órganos y de personas indocumentadas. Al término de ese período, la institución solicitó una ampliación de otros 40 días de arraigo, después de los cuales el Ministerio Público debía consignarlo o liberarlo.

“Sin embargo –remarca el documento–, en total violación de la legislación aplicable y de la propia Constitución, al término del plazo de 80 días la PGR solicitó una nueva orden de arraigo, pero esta vez por lavado de dinero”.
El expediente de González Coronel se transfirió al Juzgado Décimo de Distrito del estado de Chihuahua y él fue trasladado al Penal de Máxima Seguridad del Altiplano, en el Estado de México.

El documento señala que actualmente se desconocen las dimensiones reales del uso del arraigo, debido a que las autoridades esconden las cifras y los controles estadísticos sobre su aplicación.

Joloy expone: “El CAT ya condenó en 2007 a México por aplicar el arraigo. Pero las autoridades mexicanas no sólo no lo eliminaron, sino que lo elevaron a rango constitucional al año siguiente. Lejos de eliminar el arraigo, las autoridades siempre están tratando de encontrar maneras de cómo justificar su utilización y hablan de criterios o controles para darle a la figura ‘certeza jurídica’”.

El activista sentencia: “Lo que exigimos es la eliminación del arraigo en la ley tanto a nivel federal como estatal, así como su práctica”.

Joloy detalla que, en el referido transitorio, se establece que el arraigo puede ser utilizado hasta que los estados instrumenten la reforma del sistema de justicia o, a más tardar, hasta el 2016. Sin embargo, en estados como Chihuahua, Estado de México y Morelos, cuyas autoridades han anunciado públicamente que han finalizado la adaptación del sistema de justicia, el arraigo continúa existiendo.

“Uno de los problemas más graves que está generando el uso del arraigo –refiere Joloy– es que está invirtiendo lo que debería ser un verdadero sistema de justicia donde la autoridad primero investiga, recopila pruebas y, entonces sí, detiene a la persona. En México primero arraigan y luego buscan las pruebas”.

A ese respecto, el Subcomité sobre la Prevención de la Tortura de la ONU –recalca el documento de la CMDPDH– acusó que cerca de 50% de los casos analizados en México de personas bajo arraigo, mostraba signos de violencia reciente en los exámenes médicos.

Por su parte, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, refiere el escrito para la CAT, informó que entre 2008 y 2011 se presentaron 405 quejas por violaciones de derechos humanos relacionadas con el arraigo; ese número de demandas pasó de 45 en 2008 a 148 en 2011.

Del total de quejas registradas entre 2008 y 2010 de personas sometidas a un arraigo, 38% aseguran haber sido detenidos arbitrariamente y 41% de haber sido víctimas de tratos crueles, inhumanos o degradantes antes de ser detenidos o durante su arraigo. En este caso se denuncian golpes, lesiones, fracturas y el uso de descargas eléctricas en los genitales y otras partes del cuerpo.

Uno de cada cuatro denunciantes afirmó haber sido objeto de ambas situaciones.

Joloy agrega: “Ello desincentiva a las autoridades para investigar y se prefiere detener primero a las personas, mostrarlas como culpables frente a los medios de comunicación, aunque después los tenga que soltar porque no cuenta con elementos para probar su culpabilidad”.

Desde 2008, añade el contrainforme, “el arraigo, el cateo y la prisión preventiva automática se han vuelto las ‘técnicas’ de investigación criminal más recurridas en México”, y ha establecido un esquema en el que “la justicia se vuelve una herramienta a disposición del sistema de seguridad”.

Así, continúa, “el Estado mexicano ha configurado un subsistema de excepción consistente en la aplicación de una pena condenatoria, que flexibiliza las garantías judiciales de las personas y las coloca en un limbo jurídico en el que no son indiciadas ni inculpadas”.

En la mayoría de los casos las personas son detenidas con base en el testimonio de “testigos anónimos”, que suele obtenerse bajo tortura, subraya el documento.

“La PGR presume públicamente que 95% de las personas arraigadas son presentadas ante un juez; lo que no dice es que, después de eso, sólo 3% de ellas son sentenciadas”.