El bulo Peña Nieto-Corte Penal Internacional

BRUSELAS (apro).- Con dolo o por ignorancia, el activista Gilberto Lozano, fundador del Congreso Nacional Ciudadano, anunció de manera incorrecta que la Corte Penal Internacional (CPI) de La Haya había aceptado investigar al expresidente Enrique Peña Nieto por crímenes de lesa humanidad y “corrupción sistematizada”, tras una “demanda” que interpusieron 87 mil personas representadas por Lozano.

El bulo se extendió como onda sísmica en los medios de comunicación, e incluso a nivel internacional lo reportó el servicio en español del servicio alemán de noticias Deutsche Welle.

No importó que tras la revelación de Lozano en su cuenta de Twitter muchos usuarios se hubieran percatado de las inconsistencias y lo acusaran de “mentiroso”.

El periódico Unomásuno publicó incluso en la primera plana de su versión impresa el titular: “Admite Corte Internacional de La Haya demanda contra Peña Nieto”.

Sorprende la facilidad con la que el activista mexicano atrajo tanta atención mediática con una información a toda vista fraudulenta.

Por ser información reservada, la fiscalía no suele hacer comentarios sobre las comunicaciones que recibe. Cuando toma una decisión, sea proseguir o no con una investigación preliminar, lo informa a quien proporcionó datos del caso y ofrece explicaciones. De cualquier forma, el pasado 12 de diciembre este columnista solicitó a la fiscalía de La Haya que confirmara las declaraciones de Lozano, pero hasta este lunes 17 no había obtenido respuesta.

Todo comenzó con un mensaje que el 6 de diciembre pasado escribió Lozano en su cuenta personal de Twitter, que decía tal cual:

“AMIG@S MEXICANOS AVISO ULTRA-IMPORTANTE

El día de HOY diciembre 6 del 2018 la Corte Internacional Penal (sic) de la HAYA en Holanda nos comunica OFICIALMENTE:

Que la denuncia OTP-CR 348/17 presentada por el Congreso Nacional Ciudadano HA SIDO APROBADA para iniciar UNA INVESTIGACIÓN PRELIMINAR.

La denuncia contra ENRIQUE PEÑA NIETO Y QUIEN RESULTE RESPONSABLE ES POR CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD:

AYOTZINAPA, TLATAYA,TANHUATO,OSTULA, APATZINGÁN

Y por corrupción sistematizada: ODERBRECHT, OHL, GRUPO HIGA

Comunica que después de un análisis preliminar con instituciones, asociados e investigadores LA DENUNCIA; SI es materia de LA CORTE INTERNACIONAL PENAL (sic), por lo que de manera EXPEDITA iniciarán las investigaciones, advirtiendo, que estas toman tiempo.”

Hasta ahí el tuit.

Al siguiente día, el 7 de diciembre, Vice México publicó la supuesta bomba informativa añadiendo una entrevista con Lozano, quien afirmó que, “como ciudadanos organizados”, son los “únicos” que han “tenido el valor de hacer una denuncia” ante la CPI contra EPN.

Ya encarrerado, en esa misma nota de Vice México –firmada por Enrique Alvarado, y que fue reproducida total o parcialmente por otros medios–, Lozano afirma también equivocadamente que el “oficio” que recibió de la CPI representa un hecho “inédito” en el caso mexicano.

En su tuit, Lozano muestra como prueba de sus afirmaciones la carta que le envió, según él, un “fiscal internacional” de la CPI (en el documento se puede ver que la firma del remitente es en realidad la del jefe de la Unidad de Información y Evidencia de la Oficina de la Fiscal Fatou Bensouda).

Esa carta fue publicada como principal sustento de las notas periodísticas sobre la supuesta “demanda admitida” contra el expresidente Peña Nieto.

Las aseveraciones de Lozano presentan al menos tres evidentes yerros:

1.- Los delitos de corrupción no son competencia de la CPI. Recaen en su jurisdicción los crímenes de guerra, de lesa humanidad, genocidio y agresión, por lo que la acusación de “corrupción sistematizada” de Lozano está fuera de lugar. “La Haya acepta demanda contra EPN por ‘corrupción sistemática’ y ‘crímenes de lesa humanidad’”, del portal Sin Embargo, no tiene sentido.

2.- Todo individuo, grupo o Estado puede entregar a la Oficina del fiscal informaciones (“comunicaciones” en el argot de la corte, “demandas” en el lenguaje popular) relacionadas con presuntos crímenes susceptibles de ser procesados por la CPI, primero mediante una investigación preliminar que, luego, podría dar pie a una investigación formal.

Debido a la confidencialidad con la que se maneja la fiscalía, que no revela las fuentes de esas “comunicaciones”, no se puede saber con certeza si el Congreso Nacional Ciudadano es el “único” grupo ciudadano que ha enviado información de este tipo contra EPN, o si hay otros posibles acusadores que no han hecho pública su denuncia.

Se conocen varias “comunicaciones” contra el expresidente Felipe Calderón y miembros de su gabinete de seguridad, y se ha publicado igualmente que, en julio de 2017, la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) –junto con las organizaciones civiles mexicanas Familias Unidas en Búsqueda y Localización de Personas Desaparecidas, Fuerzas Unidas por Nuestros Desaparecidos en México, y el Centro Diocesano por los Derechos Humanos Fray Juan de Larios– entregó a la fiscalía información sobre presuntos crímenes de lesa humanidad cometidos en Coahuila durante el mandato de Calderón y la primera mitad del de Peña Nieto.

3.- El yerro más grave, sin embargo, deriva de la propia carta que compartió Lozano, la cual –redactada originalmente en inglés– expone en su parte medular:

“La Oficina está analizando las acusaciones identificadas en su comunicación, con la asistencia de otras comunicaciones relacionadas y otra información disponible. El propósito de este análisis es evaluar si, sobre la base de la información disponible, los presuntos delitos parecen entrar en la jurisdicción de la Corte Penal Internacional y, por consiguiente, justifican la apertura de un examen preliminar de la situación”.

El “oficio” que la CPI envió al activista mexicano equivale a un “acuse de recibo” de la información que entregó a la corte en noviembre de 2017.

El documento –que han recibido otros “demandantes” mexicanos en el pasado– no compromete ninguna apertura de proceso: sólo avisa cortésmente que la información proporcionada por el interesado será analizada, como ha ocurrido con las más de 10,000 comunicaciones que ha recibido globalmente la fiscalía desde que entró en vigor en 2002.

Por lo anterior, la misiva que presumió Lozano dista mucho de poderse considerar “inédita”; es más, posiblemente ni siquiera ameritaría ser noticia, que quizás fue hace un año cuando entregó en La Haya la “acusación” en contra del todavía presidente Peña Nieto.

Como comentó a este columnista Jimena Reyes, activista de la FIDH que dentro de su organización lleva los casos de Colombia y México ante la CPI, los tiempos con que avanza la corte son muy lentos. Colombia, por ejemplo, está sometida a un “examen preliminar” desde 2004, aunque el caso de Venezuela fue tratado de manera exprés y enfrenta investigaciones preliminares desde el 8 de febrero de este año por presuntos crímenes cometidos desde abril de 2017.

Son los únicos países latinoamericanos con casos abiertos en la CPI.

Lozano no es el primero que utiliza a la Corte para fabricar bulos y hacerse notar en los medios mexicanos.

El 9 de agosto de 2017, Samuel García, entonces diputado local en Monterrey –también la ciudad sede del Congreso Nacional Ciudadano–, anunció que la CPI había “admitido” la “denuncia” que él había interpuesto el 4 de julio anterior, por crímenes de lesa humanidad, en contra del exgobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa.

García –actual senador de la República por Movimiento Ciudadano– alardeó que estaba escribiendo una página “sin precedentes”, ya que, desde su óptica, era la primera vez que la CPI admitía un caso mexicano por crímenes de lesa humanidad y, dijo, “salud pública”, que no es campo de competencia de la corte penal.

García tomó también como base de sus dichos una carta de respuesta de la CPI.

En realidad, la fiscalía de la CPI es reacia a intervenir en la situación mexicana.

En enero de 2017, Mariana Peña, abogada del proyecto de justicia internacional de la Open Society Justice Iniciative, una organización que forma parte de la Coalición por la CPI, explicó a este columnista el trasfondo legal de esa reticencia.

“El caso –dijo– se enfoca en saber si en México se cometieron o no crímenes de lesa humanidad, los cuales son jurídicamente distintos a las violaciones de derechos humanos. Una violación de derechos humanos puede ser un crimen de lesa humanidad, pero no al revés.

“El concepto de la primera es muy amplio y el de la segunda es muy técnico y específico. El elemento central es demostrar que ha habido una política de comisión de tales crímenes, que éstos no son cometidos al azar ni son producto de la criminalidad. En ese punto estriba la dificultad del caso mexicano”.

De hecho, en octubre de 2015 la Fiscalía de la CPI ya rechazó oficialmente abrir un examen preliminar por presuntos crímenes de lesa humanidad cometidos por agentes del Estado en Baja California entre 2006 y 2012.

Lo expresó a través de un documento explicativo que dirigió a la FIDH, con sede en Francia, que, a lado de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, y la Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste había presentado dos “comunicaciones” en 2012 y 2014.

“Sobre la base de la información recibida –señala el documento que en su momento obtuvo este columnista– la evaluación de la Fiscalía es que existen elementos de contexto más amplios, tales como la debilidad estructural de la administración de justicia, un alto nivel de impunidad y el aumento del crimen organizado que pueden haber contribuido a las violaciones generalizadas a los derechos humanos reportadas durante los últimos años” en México.

“Cabe destacar –se precisa– que las extensas violaciones a los derechos humanos no necesariamente constituyen crímenes de competencia de la Corte. En particular, el Estatuto de Roma exige que la conducta alegada haya sido cometida como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil para que constituya un crimen de lesa humanidad, o haber sido cometida en el contexto de, y en relación con un conflicto armado, para ser crimen de guerra”.

Por lo tanto, anuncia la misiva, “la Fiscal ha concluido que las alegaciones descritas en su comunicación no parecen estar comprendidas en la competencia material de la Corte y, en consecuencia, ha determinado que no existe fundamento jurídico en este momento para avanzar en el análisis”.

A menos que tal razonamiento cambie dentro de la Fiscalía, será prácticamente imposible que funcionarios mexicanos, incluyendo presidentes, sean llamados a cuentas por la CPI.

*Esta columna Europafocus fue publicada el 17 de diciembre de 2018 en el portal de la revista PROCESO. Aquí puedes leer el texto original.